Derecho a la inclusión laboral regional

Derecho a la inclusión laboral regional

En la región 15 países han puesto en marcha leyes y normativa para promover la obligatoriedad de incluir laboralmente a las personas con discapacidad en empresas públicas y privadas, con cuotas de entre el 1% al 5%, dependiendo de la candidad del número de trabajadores en la nómina.  En Ecuador, incluso, el cupo puede ser cubierto por familiares o personas que tengan a su cargo el cuidado de personas con discapacidad.

Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, República Dominicana, El Salvador, Haití, Honduras, Panamá, Perú, Nicaragua, Uruguay y Venezuela,  son países que mediante legislación, obligan a empresas públicas y privadas  a contratar a personas con discapacidad dentro de la nómina de trabajadores.

Mientras que, Costa Rica, Guatemala, Paraguay y Argentina han emitido leyes que obligan la contratación únicamente en instituciones púbicas y/o empresas privadas concesionarias de servicios públicos.

En la mayoría de países se complementa  esta iniciativa con beneficios y mecanismos que permiten a los empleadores tener beneficios tributarios, hacer una contribución financiera a un fondo especial y realizar donaciones a fundaciones o asociaciones que trabajan en proceso de inclusión laboral, como mecanismos válidos para cumplir con la cuota respectiva.

Sin embargo, muchas veces no se cumple con los porcentajes establecidos por falta de control en las empresas estatales y privadas, sanción a los responsables o concientización de la problemática. 3 de 4 personas con discapacidad no tienen empleo y el 70% de esta población está en edad económicamente activa. La normativa se ha convertido en una importante herramienta que aún debe continuar perfeccionándose con mejor control de cumplimiento y eficientes mecanismos de ejecución. Por otra parte, el teletrabajo debe ser considerada como una posible solución, ya que puede superar barreras arquitectónicas y de movilidad, que en muchos países siguen siendo discriminatorias.

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